La participación está integrada en los principales acuerdos y declaraciones del Derecho Internacional y es el que también respalda el principio de libertad de las personas, por eso, Sociedad Organizada Michoacán , trabaja para la construcción de más mecanismos de intervención y que la población pueda tomar parte de los asuntos públicos que influyen en su persona, familia, en su comunidad, municipio, estado o país.
En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se especifica en su artículo 25, así como en la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos en el artículo 23:
“Los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las restricciones por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social, y sin restricciones indebidas de los siguientes derechos y oportunidades para participar en la dirección de los asuntos públicos directamente, o por medio de representantes libremente elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre voluntad de los electores y tener acceso, en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de su país”.
En la Carta Democrática Interamericana en el artículo 2, se determina que
“la democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad, conforme al respectivo orden constitucional”.
Asimismo, en el artículo 6:
“la participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad. Promover y fomentar diversas formas de participación, fortalece la democracia”.
En el artículo 27:
“los programas y actividades se dirigirán a promover la gobernabilidad, la buena gestión, los valores democráticos y el fortalecimiento de la institucionalidad política y de las organizaciones de la sociedad civil”.
Fuente: Declaración Universal de los Derechos Humanos

