abril 15, 2026
NoticiaSOM

DISPONER Y PRIVATIZAR DINERO DE CUENTAS BANCARIAS ES ILEGAL Y VIOLATORIO DE DERECHOS HUMANOS: LA REFORMA AL ART 61 Ley de Instituciones de Crédito

Postulante Jurídico Eloy Pintor Herrera

El postulante jurídico Eloy Pintor Herrera, ante noticiasom, nos da la capsula de la semana, con el tema de las Reformas al Articulo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito y sus transitorios adicionados, que tiene que ver, con la disposición de dinero de los cuenta habientes de Instituciones de Crédito y la falta de probidad en el trámite de notificación sobre aquellos titulares de cuentas o sus beneficiarios, cuando se han mantenido sin movimiento,  la narrativa comienza,  de manera sorpresiva, los abanderados por Movimiento Regeneración nacional (Morena), Partido del Trabajo (PT) Partido Verde Ecologista de México (PVEM) Movimiento Ciudadano (MC) Partido Revolucionario Institucional (PRI) Partido Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD) y en suma con  443 votos a favor y una sola abstención, aprobaron las reformas, que afectaran a los cuentahabientes, aun y cuando ya había mecanismos que atentaban contra ellos y justificaban que en la temporalidad de 6 años, después de mantenerse en una cuenta global que cada banco debería tener y luego al  notar pasividad o inoperatividad en los movimientos de las cuentas bancarias, pasaban  a la asistencia social.

La iniciativa formulo el Diputado Federal Ignacio Mier, coordinador de la fracción de Morena, quien dio el anuncio que con ello se espera que poco más de 10 mil millones de pesos sean traspasados de las diferentes instituciones bancarias a las arcas del Estado mexicano, esto es de manera inicial, aun y cuando en los subsecuentes años inmediatos, llegara rápidamente a los 30 mil millones de pesos.

Esta acción equivale a la confiscación de recursos, misma que se realiza porque se asume que la cuenta fue abandonada por parte del usuario propietario de los recursos y de inicio tengan más de 6 seis años, hecho que ya se venía disponiendo,  el dinero obtenido, se repartirá proporcionalmente en los tres niveles de gobierno para propósitos de la operatividad de seguridad pública, aun y cuando las reformas contemplan ahora, que  cuentas inactivas aquellas que no hayan sido usadas o no hayan generado algún movimiento durante tres años, se ordenen en la cuenta global de cada banco  y de allí el destino al Gobierno Federal, de tal modo que el dinero, los intereses así como el rendimiento acumulados producidos por los depósitos o inversiones se emplearán para fortalecer el sistema de seguridad pública, además contempla dicha reforma que serán hasta aquellas que topen sobre 540 de Unidades de Medición de Actualización  y hoy en día el valor es de $ 96.22 es decir en suma son $ 51,958,00 es decir arriba de los $ 50,000,00 , dice que  con ello se buscará que se mejoren las políticas públicas y se combata a la delincuencia en el país en los tres niveles de seguridad: federal, estatal y municipal,  «Se destinarán en favor del patrimonio de la beneficencia pública”, establece la reforma.

Aun y con sendas reformas, ya se contempla la obligación de las Instituciones de Crédito, tiene el deber de notificar a sus usuarios, los Diputados Federal, no advirtieron la seguridad de que el cuentahabiente que ha dejado de mover su cuenta, sea debidamente notificado de manera indubitable, lo puntualiza el abogado postulante; pues es aquí donde debieron de afinar tales mecanismos de forma, por que si bien es excelente fortalecer el sistema de seguridad, dejan de lado los derechos de los titulares de las cuentas, por que basta hacer la pregunta

¿Qué las cuentas bancarias y en dinero depositado no tiene dueño? No son bienes mostrencos como lo exponen y motivan en la iniciativa que se reforma, estas son nominativas, tienen dueño, hay un domicilio, datos, correo, teléfonos, bueno hasta huellas digitales le piden a aquellas personas que acuden a sacar una cuenta bancaria, tienen beneficiarios, que no podrían comprometerse a hacer una visita física al domicilio por ejemplo y dejar una invitación he informes de las medidas que se tomarían de no mover la cuenta, son ahorros , guardaditos que tienen las personas, ellos se justifican sobre el hecho de que como tienen correos, les mandan una invitación a los cuentahabientes y con ello, se justifican que han sido enterados o notificados, eso no hace las veces de una legal notificación, ni justificación, para disponer del patrimonio, derechos y rendimientos de una persona que tuvo la confianza de llevar su dinero a una cuenta bancaria, incluso por que no hacer tal gestión de localización de manera real a favor de este y estoy seguro que este mismo, agradecería y pagaría los servicios que se hiciera de ello y no de manera burda y con complacencia lo han hecho los diputados federales de esta legislatura, eso no es legislar a favor del pueblo, pues son tan solo síntomas de un inicio de privatizar derechos de particulares y aun y cuando la audiencia diga, que se privaticen, al fin no es mi dinero y tal vez reviren y le indiquen al profesionista expositor, que ni de el son, lo cierto es que este es un llamado a lo que es justo o injusto, para sustentar su argumentación se refugia en el alto pensamiento de el ilustre Mexicano Benito Juárez, “ El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz” por ello es necesario dar a conocer esto que es ilegal como violatorio de los Derechos Humano, ya que basta conocer el contexto de lo que dice el articulo 16 Constitucional, que se les volvió a olvidar a los diputados y que a la letra transcribe;

Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Este es el fundamento, que servirá de argumentación jurídica de este abuso y donde los usuarios al sentirse afectados, puedan defenderse y seguir procedimientos de defensa, con esta orientación jurídica, es donde termina su participación el abogado de la organización Si No Hay Justicia, No hay Paz Social y deja su número telefónico, para cualquier consulta, sobre el particular u otro tema de interés legal que la audiencia decida hacer, 4431425041.

Nota adicional. –  según la reforma, presentada por el Diputado Héctor Mier, sustento su iniciativa de Reforma de motivación entre otros aspectos, en el siguiente argumento, que como ya se explicó, este dinero, no puede clasificarse como bienes mostrencos.

QUE TITULARON ANTE EL CONGRESO DE LA UNION, COMO INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS MOISÉS IGNACIO MIER VELAZCO Y JUANITA GUERRA MENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE MORENA, Presentado por Moisés Ignacio Mier Velazco y Juanita Guerra Mena, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 73, fracción XXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados y que entre otros aspectos, formularon en un fragmento , al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Los recursos ubicados en la cuenta global son cuentas en abandono, se originan de una suerte de bien bancario de carácter “mostrenco” y pueden ser debidamente orientados para el fortalecimiento de las capacidades institucionales de las áreas del Estado encargadas de la protección y el restablecimiento de las condiciones de estabilidad y cohesión.

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