Ya casi por terminar este año del 2022, el licenciado Eloy Pintor Herrera, colaborador jurídico en este espacio digital, dice que ha surgido en los últimos días, un asunto de importancia y de impacto social en el Estado de Michoacán, del cual es conveniente dar la opinión pública y sustento jurídico y visión de las consecuencias sociales, que se avecinan, de no tratarse adecuadamente por la autoridad responsable, esto tiene que ver con lo que se ha declarado Heber Flores Leal, el Director de la Comisión Estatal de Protección y Riesgos Sanitarios en el Estado de Michoacán, quien emplazo a los responsables de los llamados anexos de adictos, en entrevista ante medios de comunicación y donde noticiasom hizo su parte en la publicación realizada el día 23 de diciembre de este año que termina, “en su labor informativa” , tal aviso público, va en el sentido de que a partir del día 1 de enero del año 2023, los servicios que prestan los llamados centros de rehabilitación o anexos de larga estadía, pasarían a dar fin a las internaciones prolongadas y si estos desean seguir dando servicio alguno, en el tratamiento de este letal mal de las adicciones, serán tan solo ambulatorios, es decir , el servicio será de entrada por salida y todo ello, debido a que el funcionario tendrá que dar cumplimiento a la nueva ley de adicciones en el Estado de Michoacán, que fue legislada en sesión en el mes de abril en el Congreso del Estado y ordenada en su publicación el día 5 de julio, ambos meses del año que casi termina, donde basado en las facultades que le delegan en sus artículos 30 y 31 de dicho ordenamiento Estatal, la COEPRIS, en su tarea mandatada esta haciendo visitas a estos sitios y puede estimar por su parte, hasta ese día, de que son 180 centros en el Municipio de Morelia considerados legales y estima también de que hay otros 400 al interior del estado y otros que existen, pero no se sabe quiénes son los responsables y que en algunos de estos, los localizados ha habido denuncias por privación ilegal de la libertad, ello alerta a las violaciones a los derechos humanos recurrentes, como el incumplimiento de licencias, permisos y cumplimientos de protocolos, que en la materia se requieren, para brindar dicho servicio, lo que lo hace irregular y esta es la valoración, para proceder a dicho anuncio y cierre , prácticamente en su totalidad.
Sin embargo el profesionista de mérito, cuestiona el enfoque general, la estrategia y planes que hoy, ya se está emprendiendo, contra estos llamados centros de adicciones, anexos, centros de refugios y todo parte de la forma que tanto el Congreso del Estado de Michoacán a legislado, las medidas que se están tomando y la estrategia por el interés que tiene el ejecutivo del Estado, como parte de sus prioridades que en su discurso y eje rector del plan de Gobierno que ha tratado el Gobernador del Estado, “no esta mal meter al orden a todos estos centros”, eso incluso lo aplaude, así lo dice el jurista, lo que cuestiona es que la estrategia es la que está mal, el procedimiento mal llevado desde su origen y la poca visión que se esta teniendo, desde el momento mismo de la creación de la legislación de dicha ley Estatal , basta consultar la misma y para ello deja un link para que se analice el desarrollo en video y basado en ello, es que sigue precisando;
Esta mal enfocada, desde el momento, de que el Gobierno no se sincera y reconoce que estos centros han surgido, por la ausencia en programas, planes y espacios especializados de atención a enfermos adictos, desde hace décadas y dejo que el problema creciera, cuando es su obligación como lo mandata el artículo 4 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos , que enseguida de transcribe de manera íntegra y ahora en su artículo 5 del mismo ordenamiento estatal, así se ratifica y de igual forma de agrega dicho texto, es innegable para todos los que nos ven, leen y siguen, que han surgido estos centros, unos buenos, unos peores y otros que se esfuerzan para dar un servicio de calidad y cumplir las exigencias que piden las autoridades, para el profesionista incluso va más allá y refiere algunos de estos son una especie de casas de refugios, al no estar en el orden, en contraste con aquellos que aun así no cumplen con los requisitos, para ser llamado establecimientos, todo esto existe desde hace mucho tiempo, pero pensemos que sea un 50 % tan solo, de los que desean y pueden cumplir a cabalidad, las exigencias que pide la norma oficial 028 que define los criterios de funcionamiento y ahora se suman las exigencias de esta nueva legislación, el profesionista cuestiona a la autoridad y exclama ¡ ahora resulta, que el Gobierno está bien y los que durante años han atendido este problema, todos están mal ! por ello , tampoco ve justo , responsabilizar a estos centros de lo que es obligación del Gobierno y exhorta a que no nos confundan más, mejor se establezcan medidas razonables, , pues se reitera ante la ausencia de atender los problemas comunes, este de adicciones, como muchos que pasan en México, por la desatención y desinterés del Gobierno por atender tales problemas, es lógico que la sociedad se organiza y muchos de estos lugares, emplazados a concluir con su labor, comenzaron como centros de refugio, ante la complacencia del propio gobierno, surgieron más y ahora al ver que se acrecentaron la modalidad de las adicciones y aun mas con la llegada de adicciones más agresivas como el fentanilo, debería de hacer un llamado a la sociedad y prepararse y ver la magnitud y no mantener divididos los esfuerzos, por contener este problema social, traerá consecuencias funestas, se avecina un caos social , así lo sostiene el expositor fuera de cámaras, preocupado enfatiza a la redactora, empero al ser un tema controversial, polémico, donde pocas personas le entran, como él lo dice, pero esto es una realidad de su existencia, como se expuso, no defiende a ningún centro que no esté en el orden, también insistió el jurista, pero es fundamental, conocer el origen, dice no se debe ocultar ante la opinión pública, como surgen y quien tiene la responsabilidad mayor y por qué han crecido tanto, estos centros, ahora conforme a los datos aportados por la autoridad de COEPRIS, imaginemos que sean 400 centros y hoy cada uno, tenga 10 personas enfermos adictos, a partir del día 1 de enero del 2023, saldrán, serian un promedio de 4000 enfermos adictos en tratamiento, la pregunta obligada es ¿ qué va a pasar con todos ellos? Sin dudas los veremos en las plazas públicas, en las esquinas de varias colonias, regresaran a casa a sus círculos sociales, unos nada favorables, otros interrumpirán sus procesos de recuperación y ahora vendrá la exigencia al mismo Gobierno, para que garantice el servicio de centros especializados de tratamientos de adicciones, como hasta las probables demandas, ya que esta obligado a garantizar dicho servicio, como lo mandata el ordenamiento constitucional citado, de allí la critica “a la falta de planeación y estrategia por parte del poder legislativo , del ejecutivo y de la misma COEPRIS”, fácilmente se puede demostrar que el gobierno actualmente, no tiene la capacidad de atender solo este problema, considera que este más bien, debería ayudar, capacitar y brindar las herramientas, a estos centros, la otra pegunta surge, porque estigmatizar que todos son violadores de los derechos humanos, cuando es público que se están tomando medidas improvisadas, basta acudir al desarrollo de la sesión de abril del 2022, donde se crea esta ley de adicciones en el Estado de Michoacán, donde podemos dar a conocer extractos de la misma, que ha sido publicado en la fecha indicada, en el orden siguiente;
Dice en un apartado de exposición de motivos:
Conforme a la Secretaría de Salud federal [3] el número total de personas que han consumido drogas creció 141% entre 2002 y 2017, del 4.1% de la población al 9.9% porque se estima que, al menos, 230 mil menores de 18 años de edad son consumidores de sustancias adictivas.
Lamentablemente no tenemos datos oficiales más recientes debido a que se canceló la elaboración de la Encuesta Nacional de Consumidores de Sustancias del INEGI con el que se podría entender el verdadero consumo de drogas en nuestro país.
Como tampoco tenían número de centros en el Estado de Michoacán y en el apartado de;
T R A N S I T O R I O S , podemos ver en el :
SEGUNDO. El Ejecutivo del Estado realizará las acciones necesarias para la construcción, apertura, equipamiento y asignación de personal de los centros de atención públicos en las diez regiones socioeconómicas de Michoacán determinadas por la Secretaría de Finanzas y Administración, de conformidad con un diagnóstico emitido por parte de la Secretaría de Salud y de conformidad a la disponibilidad presupuestal en cada año. El Gobernador del Estado realizará lo conducente para construir y poner en funcionamiento al menos un centro de atención integral público no ambulatorio, a más tardar durante al año 2024.
Como podemos ver, a propuesta de la diputada Daniela de los Santos, participo en su proyecto de adición a la ley, en este transitorio segundo, de que “por lo menos a mas tardar en el año 2024” contemos en el estado de Michoacán, se construirá y funcionara un centro de atención especializada en las adicciones, ya que, hasta el día de hoy, no conocemos uno de estas características dice el abogado.
De tales aseveraciones, es que el profesionista, sostiene y recomienda a tales áreas jurídicas de las autoridades responsables, deben tener una contextualización social más amplia, que los Derechos Humanos, inician al asegurar la dignidad Humana, la salud y preservación de la vida y si estos centros llamados anexos o centros de adicciones, establecimientos o como casas de refugio, surgieron porque La Secretaria de Salud fue ausente, en la atención y tratamientos de adicciones para los michoacanos, ante tal abandono, es comprensible que cualquier persona que ve aun hoy en día, a una persona que esta atentando contra su dignidad, al ingerir, ministrarse sustancias a su cuerpo y muy seguro, con jeringas insalubres, algunos los vemos tirado en las calles, ya perdidos por las drogas, sin probar alimento, desnutridos , sin casa y sustento, terminan flacos, pues ya ni en sus hogares son aceptados y algunas personas le brinde un espacio de refugio, para ayudarlo, les de atención y busca opciones a su alcance, para reivindicarlo a su estado normal, pues lo que no dice, hasta el momento, es que muchos centros así surgieron, es decir eran establecimientos reconocidos incluso conforme al reglamento, de que eran espacios, “donde se daban cuidados, paliativos dirigidos a mantener y reintegrar el estado de salud de las personas, así como a paliar los síntomas del padecimiento” Incluso en la propia legislación estatal contra adicciones, en su exposición de motivos lo cita; no se pensó que este problema creciera tanto en México y Michoacán, por eso lo consideraban tema menor, hoy a crecido y no lo están tratando como debiera ser, pues se esta haciendo , sin un plan serio, ni estrategia para ir dando los pasos más pertinentes, para la regularización respectiva, anuncian el cierre y concluye con el sofismo que expone, al decir que se le asemeja, “como cuando un grupo de ciudadanos, contamos con tan solo un puente colgante, por donde tenemos que pasar para llegar a tierra firme, para no caer al vacío y salvaguardar su integridad y ahora se da cuenta el Gobierno que es necesario construir un puente amplio, solido de material firme, por que muchos tal vez ocupen en puente , pero le avisa a la comunidad, que les promete construirle uno o varios puentes, pero por lo pronto, el único puente colgante anuncia, voy a quitar el mismo, sin importar que pasa con los que están pasando y ocupan dicho puente para seguir su proceso, para llegar a tierra firme, pero es mejor desaparecer dicho puente colgante y todos vivamos con el anhelo de que un día tendremos un gran puente o varios muy bien fortalecidos, de material sólido, amplio y seguro, no como el que se tiene en este momento todo bajo la argumentación de que ese puente colgante , está mal y no es correcto que pasen por ese puente, ya que es muy inseguro, pero el Gobierno dice ustedes no merecen ese puente, yo les construiré uno o varios, mucho mejor que eso y los responsables de que algunos hayan sufrido alguna afectación, son los que construyeron el puente colgante, de mi parte no tengo responsabilidad argumenta el Gobierno, porque apenas me voy a hacer parte de ello y todo será mucho mejor que lo que tenían antes” que no nos confundan por favor asiste el comentarista, más como sabe que es un tema que estará dando mucho de que hablar y las reacciones no se dejaran esperar, deja a disposición de esta nota información que sustenta lo argumentado en esta participación.
Fuente jurídica adicional a la nota como soporte jurídico
ARTICULO 4º CONSTITUCIONAL. – Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social
Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009,
Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones CNDH Fecha de publicación: 21 de agosto de 2009 Integrado por: Subdirección de Informática Jurídica Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones Comisión Nacional de los Derechos Humanos Página 1 de 45 NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-028-SSA2-2009, PARA LA PREVENCIÓN, TRATAMIENTO Y CONTROL DE LAS ADICCIONES.
. Objetivo y campo de aplicación 1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los procedimientos y criterios para la atención integral de las adicciones.
1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los prestadores de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud y en los establecimientos de los sectores público, social y privado que realicen actividades preventivas, de tratamiento, rehabilitación y reinserción social, reducción del daño, investigación, capacitación y enseñanza o de control de las adicciones.
2. Referencias Para la correcta aplicación de esta Norma, es necesario atender a lo dispuesto en las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:
5.3.2 El ingreso en forma involuntaria se presenta en el caso de los usuarios
que requieren atención urgente o representan un peligro grave e inmediato para sí mismos o para los demás. Requiere la indicación de un médico y la solicitud de un familiar responsable, tutor o representante legal, ambas por escrito. En caso de extrema urgencia, el usuario puede ingresar por indicación escrita del médico a cargo del establecimiento.
Todo internamiento involuntario deberá ser notificado por el responsable del establecimiento al Ministerio Público de la adscripción en un plazo no mayor de 24 horas.
En la ley contra las adicciones como lo refiere:
Artículo 2°. Derecho a la salud Toda persona con problemas de adicción que habite o transite en el Estado de Michoacán, independientemente de su edad, género, condición social, condiciones de salud, religión, condición fisiológica, ideológica, creencia, origen, identidad étnica, orientación sexual o estatus político tiene derecho a ser atendido integralmente. El Gobierno, las dependencias e instituciones públicas, sociales y privadas, deben garantizar el pleno cumplimiento al derecho de prioridad
Los Derechos Humanos, razonamientos interpretativos , sobre La dignidad humana, es la base de los derechos humanos, es decir es el núcleo y centro fundamental primero como parte intrínseca de los propios los derechos humanos y deberes también sin duda, de todos los derechos humanos contenidos en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Como máximas de la experiencia, traemos a relación de que se afirma que las adicciones, traen ineludiblemente daños a la salud y se pierden muchas vidas y como consecuencia de ello, día a día los diagnósticos de enfermos adictos y estadísticas, son las palancas que mueven el tablero año con año al alza
Por todo ello, poder situar que los enfermos adictos, grupos vulnerables y muchos en conflicto con la ley, por las funestas estadísticas
Por lo tanto, si un individuo, atenta contra su salud y contra su vida, atenta contra su propia dignidad, entonces las otras libertades y las demás prerrogativas a las que tiene derecho constitucionalmente. se ponen en riesgo para ejercerlas, sin vida ya no hay reclamo de derecho humano alguno, con menoscabo física o mental, puede haber perdida de facultad de ejercicio de derechos por el ciudadano mismos, por que esperar que las estadísticas crezcan
Por lo tanto, todos los seres humanos, sin excepción, ciudadanos o autoridades, tenemos el deber de preservar la dignidad del ser humano, no hacerlo es sucumbir y conducir a la decadencia misma de la humanidad, las adicciones en México y Michoacán y la llegada del fentanilo, atentan agresivamente, ante la dignidad humana para las próximas décadas, según se pronostica, ello nos lleva a hacer un llamado como sociedad organizada Michoacán, a las autoridades y al pueblo Michoacano a pedir, que dirijamos una mirada de compasión a este complejo problema y juntos, gobierno y sociedad, hacer frente a estos nuevos desafíos.
Aquí la liga para checar la ley estatal de Adicciones:
Atentamente:
SOCIEDAD ORGANIZADA MICHOACAN (SOM)
O somos parte del problema o somos parte de la solución
