AYOTZINAPA

Tanto la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia para el Caso Ayotzinapa (Cvajca), como sus conclusiones dadas a conocer recientemente, pueden ser cuestionadas: 1.- El fundamento Constitucional del Decreto que la crea es endeble (DOF 04/12/2018), y sus funciones se han tornado anticonstitucionales, al estar ejerciendo las atribuciones que para “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público”; y al estar la FGR utilizando sus conclusiones para presentar ante el juez imputaciones.
En otros países estas comisiones son independientes orgánica y presupuestalmente de los Ejecutivos, integradas por representantes sociales, y los resultados de sus investigaciones no pueden ser usadas para fincar responsabilidades. Acá, la CVAJCA no es social ni independiente, sino intergubernamental (participan en ella tres secretarías y la preside Gobernación) y parece más bien formada para crear una nueva “verdad”, “chivos expiatorios” y como venganza política.
2.-Calificar dichos acontecimientos como un “crimen de Estado”, es verdad de Perogrullo. Lo de Colosio sí fue crimen de Estado realizado por el Estado. Este fue un crimen de Estado orquestado por personas ajenas al Estado. El presidente López Obrador tácitamente lo reconoce al afirmar que las autoridades que no habían participado en los hechos de ese día, se pusieron de acuerdo con los que habían participado para la fabricación de la llamada ‘verdad histórica’”. Aceptando que así hubiera sido ¿para qué se inventó la “verdad histórica”.
Lo grave es que importantes funcionarios, que supuestamente participaron en esa reunión, han negado tajantemente que eso haya existido. Es decir, la “verdad” de esta Comisión se está cayendo a pedazos; y lo peor es que con base a esas conclusiones a una persona ae le aplique la cuestionada prisión preventiva, acusándolo de ser autor intelectual de algo que todo parece indicar nunca existió.
Hablemos de «crimen de Estado»
Hay que decir que este concepto como tal no existe en el ordenamiento jurídico mexicano. Sí existe en el Derecho internacional cuando hablamos de delitos internacionales, entre los que están la desaparición forzada o la tortura, y que se convierten en crímenes de lesa humanidad cuando se cometen de manera sistemática o generalizada.
Hay una serie de principios de Naciones Unidas sobre responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos que incluyen cuando el Estado incurre en estas conductas. Se habla entonces de una «responsabilidad agravada».
¿De quién es la responsabilidad?
Se refiere a que, cuando se cometen esos delitos, se invierte la lógica del Estado. Es decir, quien debe proteger, pasa a ser el atacante.
Además de que, al tratarse de delitos que se cometen desde el poder político principalmente a través del aparato del Estado, se dice que son delitos de realización oculta que dificulta su investigación.
El subsecretario de Derechos Humanos de México, Alejandro Encinas, fue el encargado de presentar el informe de la Comisión de la Verdad.
Consecuencias jurídicas implica
El Derecho internacional ha desarrollado una serie de reglas que tratan de desmontar todo ese aparato de protección que genera el Estado para evitar que eso se investigue.
Por ejemplo, aunque la mayoría de códigos penales del mundo contemplan la obediencia debida como justificante el estar obedeciendo órdenes, cuando se trata de crímenes de Estado no exime de responsabilidad ante un delito el estar obedeciendo órdenes. Ni en estructuras altamente jerarquizadas como la militar.
También para este tipo de delitos donde participa el aparato estatal se ha desarrollado la regla de que, incluso si tú no tenías certeza de que tus subordinados los estaban cometiendo, puedes llegar a ser responsable bajo ciertas condiciones. Por ejemplo, si había información que te pudo haber puesto en alerta de lo que sucedía y fuiste negligente por no hacerle caso.
Entonces sí estamos ante un cambio importante en la investigación del caso Ayotzinapa al darle esta calificación de «crimen de Estado».
Sí, este es un total cambio de enfoque al caso que supone que tanto la Fiscalía como los juzgadores mexicanos van a tener que aplicar este conjunto de reglas desarrolladas en el Derecho Penal Internacional para analizar la desaparición de los 43 estudiantes y las conductas desplegadas después para ocultar lo ocurrido.
Con este reconocimiento se demuestra que en Guerrero existía una red criminal conformada no solo por delincuencia organizada sino también por autoridades de distintos niveles. Y que lo ocurrido no un hecho aislado, sino que formaba parte de un patrón de actuación. La investigación debería reflejar eso.
Ahora lo que hay que analizar es si estas declaraciones que se han dado más en el ámbito de lo político, se traducen en un cambio de actuación en el aparato judicial o si sigue enfocándose, por ejemplo, únicamente en perpetradores directos.
Atendiendo a esta calificación, obviamente, la responsabilidad del caso no recaería únicamente sobre individuos sino también sobre el propio Estado.
En este tipo de delitos, y así lo señaló el Comité contra las Desapariciones Forzadas en su reciente visita a México, es que las investigaciones se enfocan mucho en autores materiales y a exigir que haya pruebas directas en contra de las personas.
Y muchas veces es muy difícil encontrarlas porque justo lo que hace el aparato de poder es desplegarse para ocultar toda evidencia y generar impunidad, por lo que hay que ir relacionando distintas pruebas indirectas.
Respecto a la responsabilidad del Estado, sí, subsiste de manera paralela esa responsabilidad por la que le corresponde ofrecer una serie de medidas de reparación, la cual incluye la propia justicia.
Y teniendo en cuenta que el Estado es un ente abstracto, claro, corresponde al gobierno actual asumir esa responsabilidad aunque no viviera aquellos hechos ocurridos hace casi ocho años.
Aunque estos organismos internacionales no los han calificado así, en mi opinión, deberían calificar como crímenes de Estado.
Al igual que los familiares de los estudiantes, Fundar no quiere entrar a una valoración exhaustiva del último informe hasta conocer la postura del grupo de expertos independientes (GIEI), que este lunes pidió acceso a las nuevas pruebas y documentos que plantea el documento. Sin embargo, en base al listado de funcionarios señalados en el informe y el posterior arresto de Murillo Karam, ¿podríamos ver pronto nuevas detenciones?
Hasta donde tenemos conocimiento por lo que se nos informó en la reunión con el presidente [Andrés Manuel López Obrador] donde Alejandro Encinas presentó el informe, no. No se nos informó de más detenciones, se nos informó de lo que hemos estado viendo en estos días.
Esa pregunta es fundamental. El GIEI ya mostró en un comunicado su preocupación por una posible premura en la publicación del informe, ya que no conocieron con tiempo su contenido y las pruebas que le dan sustento y se presentó a las familias apenas unas horas antes.
En esa reunión con los papás, Encinas mencionó que mucha de la información del informe estaba siendo entregada a la Fiscalía en el momento en que se presentaba. Si esto es cierto, querría decir -y esto es mera especulación mía- que no necesariamente las solicitudes de órdenes de aprehensión y lo que están presentando ahora en la Fiscalía contra Murillo Karam incorpora la evidencia adicional que aportaría este último informe. Pero eso no está muy claro aún.
Así que para responder a la pregunta: no sé si necesariamente este informe marcó una diferencia. O quizá se pusieron a trabajar a marchas forzadas para incorporar esta nueva evidencia al proceso. No está claro.
, o si la tomó de manera compartida al menos con sus pares en otras instituciones intervinientes que son los secretarios de Estado, habría que esclarecer cuál sería esa contribución.
Sobre el expresidente Enrique Peña Nieto, quien gobernaba cuando desaparecieron los estudiantes, Encinas ya descartó que estuviera en la lista de funcionarios señalados y el propio López Obrador dijo que procesarlo «va a estar difícil».
Justamente, otra pregunta es si Murillo Karam informó de esa decisión al menos a sus superiores. Ya no es cuestión de si sus superiores se lo ordenaron o no, lo importante es si informó de su decisión incluso después de ejecutarla.
En ese caso, como decía antes, haber tenido conocimiento y no actuar como un superior jerárquico tiene consecuencias.

